La inversión extranjera se considera una inversión de capital, ya sea directamente o a través de una cartera de acciones, hecha desde el extranjero en el territorio colombiano, incluyendo las áreas de libre comercio de Colombia, por personas que no viven en Colombia. La ley colombiana establece dos tipos de inversión extranjera : directa y de acciones.
Todas las inversiones extranjeras, independientemente del tipo de
método, debe registrarse en el Banco Central (Banco de la República)
de Colombia como una condición necesaria para el inversionista
extranjero para poder ejercer los derechos conferidos por la ley.
Esta inscripción incluye los beneficios netos que la inversión
genera periódicamente reinversión de utilidades o la conservación
del excedente, capitalizar el monto de las obligaciones de inversión
o enviar al exterior las sumas recibidas por la venta de la
inversión.
La regla general establece que el registro de las inversiones
extranjeras se realiza automáticamente por medio de la declaración
de cambio de la inversión internacional mediante el uso del
Formulario 4
del Banco Central. Es la responsabilidad del banco receptor de la
inversión hacerse cargo de eso. Por eso es importante informarles y
colocarlo por escrito en la
transferencia de fondos.
Si usted desea transferir dinero sin tener que registrar la
inversión, entonces el
Formulario 5
del Banco de la República es una excelente opción. Ese tipo de
transferencia de dinero es para las compras como un coche, comprar
un bien en Colombia, etc.
En el caso de los procedimentos ante el Banco Central, el sello del
depósito o la aceptación de la transmisión electrónica de los
formularios respectivos y de la comunicación servirá como prueba del
registro o solicitud, así como los enlaces relacionados, las
actualizaciones y los reportes de la información. Si es necesario,
una prórroga del plazo para el registro de la inversión extranjera
puede ser solicitada por un período máximo de tres meses, además del
plazo inicial.
Es importante señalar que la inversión extranjera en Colombia se
debe actualizar cada año, dentro de los plazos y con sujeción a los
procedimientos establecidos por el Banco Central de Colombia.
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